PROTECCIÓN PASIVA: INSPECCIÓN CONTRA INCENDIOS

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PROTECCIÓN PASIVA CONTRA INCENDIOS Y SUS INSPECCIONES REGLAMENTARIAS.

  1. Inspecciones de Prevención de Incendios: Garantizando la Seguridad en Edificaciones y Locales.
  2. Obligación y Utilidad del Proyecto contra Incendios: Un Enfoque en la Visibilidad y la Evacuación.
  3. Implementación del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI): Normativas y Obligaciones.
  4. Diseño, Instalación y Mantenimiento de Sistemas de Protección Activa: Adaptación a la Evolución Técnica y Normativa.
  5. Inspecciones de Seguridad y su Variedad: Detectando Peligros para Prevenir Accidentes
  6. Organismos de Control Autorizados y los Parámetros para Inspecciones Periódicas Reglamentarias.
  7. Alcance y Proceso de las Inspecciones Reglamentarias: Documentación y Revisión de Equipos y Sistemas.
  8. Cumplimiento y Garantía: Manteniendo la Eficacia de las Instalaciones de Protección Contra Incendios.

 

PROTECCIÓN PASIVA: INSPECCIONES DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS

INTRODUCCIÓN.

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Las inspecciones de prevención de incendios desempeñan un papel crucial en la supervisión de licencias de ocupación y funcionamiento, abarcando inspecciones de comprobación, inspecciones de oficio y aquellas dirigidas a locales y edificaciones con irregularidades en sus medidas de prevención de incendios.

PROTECCIÓN PASIVA: LA OBLIGATORIEDAD DEL PROYECTO CONTRA INCENDIOS.

Obligación de Proyecto Visible.

El proyecto contra incendios debe estar accesible a todas las personas en edificios o urbanizaciones. Aunque no es obligatorio para viviendas, se vuelve esencial en áreas comunes para la sectorización de zonas de incendio y la identificación de rutas de evacuación.

PROTECCIÓN PASIVA: INSPECCIONES CONTRA INCENDIOS SEGÚN EL RIPCI.

Implementación del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.

El 12 de junio de 2017 se introdujo el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) a través del Real Decreto 513/2017. Este reemplazó al RD 1942/1993 y establece directrices técnicas para sistemas de protección activa contra incendios, así como criterios para su instalación, mantenimiento e inspecciones regulares.

Obligación de Inspecciones por un Organismo de Control.

El RIPCI introduce la obligatoriedad de que un Organismo de Control (OC) realice inspecciones periódicas. Hasta entonces, solo se mencionaban en el RD2267/2004 para Establecimientos Industriales y en casos como la Comunidad de Madrid.

PROTECCIÓN PASIVA: ASPECTOS EN DISEÑO, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN ACTIVA CONTRA INCENDIOS

Actualización Necesaria en Reglamentación.

Aunque el anterior Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RD 1942/1993) abordaba diseño, instalación y mantenimiento de sistemas activos contra incendios, la evolución técnica y normativa requiere revisar y actualizar los requisitos.

Cumplimiento Normativo.

El Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RD 2267/2004) y el Código Técnico de la Edificación (CTE) establecen condiciones para diseño, ejecución, funcionamiento y mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios.

Necesidad de Condiciones Eficaces.

El RIPCI, aprobado en el Real Decreto 513/2017, se divide en dos partes y tres anexos, estableciendo condiciones para diseño, instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de protección contra incendios, junto con requisitos para empresas mantenedoras y las inspecciones periódicas obligatorias.

PROTECCIÓN PASIVA: INSPECCIONES Y SU VARIEDAD.

Naturaleza de Inspecciones de Seguridad

Las inspecciones de seguridad son procesos administrativos que identifican peligros potenciales en condiciones físicas y tareas, tanto por fallos técnicos como humanos.

Necesidad de Organismos de Control Autorizados.

El RD 513/2017 sugiere contratar un Organismo de Control Autorizado para inspecciones periódicas reglamentarias en establecimientos dentro de su ámbito. Esto es aplicable a usos administrativos, docentes, comerciales, públicos y otros.

Criterios para Inspecciones.

Las instalaciones deben someterse a inspecciones periódicas reglamentarias según su antigüedad:

  • Más de 20 años: en un año
  • 15 a 20 años: en dos años
  • 10 a 15 años: en tres años
  • Legalizadas después de diciembre de 2007: a los 10 años y luego cada 10 años.

ALCANCE DE INSPECCIONES REGLAMENTARIAS.

Revisión Documental.

  • Verificación de antigüedad de la instalación.
  • Contrato de mantenimiento con empresa habilitada.
  • Actas de mantenimiento de los sistemas de los últimos 5 años.

Inspección de Equipos y Sistemas.

  • Detección y alarma de incendios.
  • Abastecimiento de agua contra incendios.
  • Hidrantes y bocas de incendio equipadas.
  • Sistemas fijos de extinción, incluyendo rociadores, agentes gaseosos, aerosoles condensados, agua nebulizada y polvo.
  • Sistemas de control de humos y calor.
  • Mantas ignífugas.
  • Alumbrado de emergencia.
  • Sistemas de señalización luminiscente.

CONCLUSIÓN.

Las inspecciones de prevención de incendios son vitales para asegurar la seguridad en edificaciones y locales. El RIPCI establece pautas para el diseño, instalación y mantenimiento de sistemas activos contra incendios, junto con requerimientos para inspecciones regulares y documentos necesarios. Las inspecciones son variadas y deben realizarse de acuerdo con la antigüedad de las instalaciones, abarcando una amplia gama de sistemas de protección.

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2023-09-18T16:49:05+02:00 jueves, 4 de mayo de 2023|PLB NOTICIAS, PROTECCIÓN PASIVA AL FUEGO|